El Ente Regulador de Servicios Públicos (Enresp) autorizó aumentos para el servicio de energía eléctrica doméstica a cargo de la empresa distribuidora Edesa. A la par, dio a conocer nuevas categorías de usuarios en la que los incrementos impactarían en menor medida.
Inicialmente el incremento solicitado por la empresa prestataria era de un 37%. El Enresp rechazó el pedido y aprobó un porcentaje 5 puntos por debajo de lo solicitado, de un 32% para los usuarios comunes. El 31% de los usuarios afrontarán subas del 16%.
En el decreto publicado por el Boletín Oficial se indica que se crearán nuevas categorías tarifarias: la "Residencial segmento 1" para consumidores de hasta 192 KWh por mes y la "Residencial segmento 2" para consumos de hasta 500 KWh por mes. Como subcategoría se creará la de "Usuarios vulnerables" en la que se aplicará solo el 50% del incremento tarifario establecido, es decir un 10% para el consumo de mayo un 3% para el de agosto y un 3% para el de octubre.
El ingreso de esta categoría será automático para quienes consuman menos de 400 KWh y perciban ingresos por debajo de los $70 mil y para los que cobren la Asignación Universal por Hijo, pensión no contributiva, seguro de desempleo, jubilados y pensionados, monotributistas de categoría afín, empleados en relación de dependencia y empleadas domésticas. También podrán aspirar a esta categoría usuarios registrados en el Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares), usuarios subsidiados, comedores, instituciones beneméritas y clubes deportivos.
Según el Enresp, serían cerca de 112 mil usuarios los que ingresarán en esta categoría, sobre los 360 mil que tiene el servicio, es decir, un 31% del total de consumidores. Se pondrá un formulario de solicitud de reconsideración de categoría para los usuarios que deseen ser contemplados como "usuario vulnerable".
El incremento se escalonará en tres partes, el primer tramo será el más fuerte, con el 20%, que contempla el período de marzo del 2021 a marzo de este año. Se tienen en cuenta las subas por costos de distribución y generación aislada. Este aumento se aplicará sobre el consumo del mes en curso que impactará en la boleta de mayo.
En tanto, el 12% restante se computa a cuenta de la Revisión Tarifaria Integral (RTI) y se aplicará un 6% en agosto y un 6% en octubre por cuenta de mayo de este año a junio del año próximo. La revisión integral de la tarifa está a cargo de la Universidad de San Juan, consultor del Enresp, con asistencia de Edesa.
La RTI es un estudio sobre la demanda y la economía de la empresa, que durará hasta junio del año próximo, posteriormente se presentará un informe con sus resultados. En cuanto al aumento que resulte de este informe, el Ente dijo que "no podrá superar el 50% de los incrementos salariales promedio del sector público y privado que se otorguen durante 2022, y el 50% de la variación de los índices inflacionarios en el mismo período".
"Hace 26 años que no se medía lo que es la demanda. Pusimos una inversión de $100 millones con 1.907 medidores inteligentes", destacó Carlos Saravia, presidente del Enresp mediante conferencia de prensa ayer por la mañana.
Devolverán, a algunos, lo pagado en pandemia
En la resolución del Ente Regulador de Servicios Públicos (Enresp ) en la que se autorizó el aumento para la luz, se dio a conocer además que se compensarán con “créditos de consumo a favor de los beneficiarios, o en cancelación total o parcial de acuerdos de financiación por deudas que encuentren causa adecuada en manifestaciones de imposibilidad de pago ocurridas entre los meses marzo 2020 y diciembre 2021”.
La decisión se basa en las resoluciones nacionales 40/21 y 371/21 que indicaron beneficios para usuarios considerados vulnerables durante la pandemia. Se destinarán 409 millones de pesos para los usuarios que sean beneficiarios de la asignación universal por hijo, de la asignación por embarazo, quienes cobren el seguro de desempleo, monotributistas sociales, quienes cobren menos de dos salarios mínimos vital y móvil, entidades beneméritas, empleadas domésticas y mini pyme.
Edesa deberá publicar un padrón durante 30 días con los usuarios alcanzados por el beneficio y deberá informar a los usuarios, incluyendo en las boletas el texto que indique “Beneficiado por régimen especial acordado entre Ente Regulador de los Servicios Públicos, Secretaría de Energía de la Nación y Edesa SA”. Mientras que para los usuarios que deseen acceder a la compensación se creó un fondo de más de $5 millones y podrán habilitar el trámite mediante vía administrativa para lo cual tendrán un plazo de 60 días corridos. El Enresp habilitará un formulario en su página web a disposición de los usuarios.