Formosa, San Juan y Tucumán son las tres provincias que se subieron al escenario judicial, después de que llegaron a la Corte Suprema de Justicia diversos reclamos para suspender la reelección de los candidatos del oficialismo. Sin embargo, los tres procesos son diferentes, y del mismo modo pueden obtener resultados distintos.
Por un lado, Tucumán quedó habilitada para votar el próximo 11 de junio, tras la declinación de Juan Manzur como vicegobernador en la boleta del Frente de Todos; con respecto a San Juan está pendiente que el Máximo Tribunal resuelva la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de una nueva postulación de Sergio Uñac, después de tres mandatos como gobernador; y en relación al expediente de Formosa, recién inicia un recorrido que no tiene precedentes.
Como sea, la intervención de la Corte en estos temas, abrió un debate fuera Tribunales, que derivó en la presentación de una nueva denuncia ante la Comisión de Juicio Político en la Cámara de Diputados.
Caso Formosa
Pasado el mediodía del viernes, el Procurador General Eduardo Casal, se pronunció en contra de la competencia de la Corte Suprema en relación al pedido de declaración de certeza e inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de Formosa, referido a la reelección del gobernador. No obstante, aclaró que si el Máximo Tribunal interpreta que existen circunstancias extremas que afecten al sistema republicano o violen la Constitución Nacional, podría optar por la intervención procesal que considere pertinente.
Aunque el dictamen del MPF no es vinculante, los jueces podrían tomarlo en cuenta para definir -primero- si aceptan tratar el pedido, y si lo hicieran, luego resolver sobre la legalidad del artículo que permite la reelección indefinida de Gildo Insfrán.
Se trataría de una acción declarativa respecto de si puede ser o no candidato, debido a que aún no efectivizó su postulación, a pesar de que ya inició su campaña de afiches en la capital provincial. Con el dictamen de Procuración se cumplieron los pasos previos para que los jueces avancen en la discusión, pero la Corte maneja su propia agenda de temas a debatir en cada reunión de acuerdos, y ese orden de prioridades no es público.
Asimismo, fuentes judiciales remarcaron que no existen antecedentes sobre la revisión de una Constitución provincial, aprobada por los representantes votados por el pueblo. La diferencia con los casos de San Juan y Tucumán es que las primeras demandas se relacionan con el cumplimiento de la letra de la Constitución, y no con la revisión de alguno de sus artículos, como sucede en la denuncia por Formosa.
Este planteo fue presentado por el ex juez federal y candidato a diputado nacional por la Alianza Juntos por Formosa Libre, Fernando Carbajal. Solicitó hacer cesar un estado de incertidumbre ante lo que consideró la ambigüedad del artículo que habilita a la reelección indefinida de Gildo Insfrán.
Refirió que en la reforma del 2003 de la Constitución provincial, el art. 132 quedó redactado de esta manera: “El Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”. En su denuncia, Carbajal destacó que esa norma deja abierta la posibilidad de que una persona se perpetúe en el poder, lo que podría ser consecuencia de una omisión del constituyente.
En este sentido, se basó en la interpretación literal del artículo 5° de la Constitución Nacional, que indica que las provincias no pueden, al dictar su Constitución, dejar de observar los principios, declaraciones y garantías de la Carta Magna Nacional. Además, pidió que se dicte una medida cautelar, que suspenda la convocatoria a elecciones y los comicios provinciales.
Recordemos que Insfrán cumplió 28 años de mandato en el Poder Ejecutivo local y se presentó como candidato a gobernador para el periodo 2023-2027 en las elecciones que se llevarán a cabo el 25 de junio.